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¿Siempre le dan la advertencia de Miranda antes de interrogarlo? Tal vez no.
Muchas personas me señalan que la policía las interrogó sin darles primero la advertencia de Miranda. Primero, algo básico de la ley sobre cuándo se necesitan las advertencias de Miranda. Para la Mir…
Muchas personas me señalan que la policía las interrogó sin darles primero la advertencia de Miranda.
Primero, algo básico de la ley sobre cuándo se necesitan las advertencias de Miranda. Para que se requieran las advertencias de Miranda, tiene que haber una combinación de custodia (persona bajo arresto) más interrogatorio. Todo interrogatorio que ocurra mientras la persona está bajo arresto debe ir precedido por las advertencias de Miranda. Si la persona no está bajo arresto y es interrogada, eso no requiere advertencias de Miranda. Si la persona está bajo arresto, pero no es interrogada (interrogatorio significa hacerle preguntas a alguien con el propósito de lograr que diga cosas incriminatorias), entonces no se requieren las advertencias de Miranda.
Ahora pasemos a una reciente decisión de la Corte Suprema de EE. UU. sobre si los interrogatorios de personas encarceladas requieren advertencias de Miranda.
En Howes v. Fields , la Corte decidió que interrogar a una persona que ya está encarcelada (1), en aislamiento (2), sobre hechos del mundo exterior (3) no califica automáticamente como interrogatorio “de custodia”, de modo que las advertencias de Miranda deben darse antes de que cualquier declaración sea admisible.
Todo sobre el interrogatorio influye en si la persona interrogada está en “custodia”. Estas cosas importan: la perspectiva del recluso de que su libertad de movimiento ha sido restringida, la perspectiva del recluso está coloreada por el lenguaje usado para llamar al recluso a la sala en la que es interrogado, y la manera en que se conduce la entrevista.
La decisión Fields es un ejemplo perfecto de lo que se obtiene cuando los jueces de la Corte Suprema que han llevado vidas bastante protegidas, escribiendo desde una torre de marfil, toman decisiones sobre cómo es para alguien ser un recluso en una instalación segura.
La realidad es que a los reclusos en instalaciones seguras se les ordena continuamente hacer cosas. No pueden salir de su celda, ducharse, desayunar, almorzar o cenar a menos que alguien con autoridad en la instalación segura les diga que pueden hacerlo. Tienen poca o ninguna participación en lo que comen, cómo se visten o en qué parte de la instalación segura residirán. Los reclusos básicamente no tienen control sobre sus propias vidas.
Cuando los agentes del orden entran en una instalación segura y comienzan a interrogar a los reclusos sobre cosas que ocurrieron fuera de esa instalación, incluso si se le dice al recluso “usted es libre de irse de esta entrevista”, es ridículo pensar que el recluso realmente cree que es libre de hacer cualquier cosa. Hace lo que le dicen las personas con autoridad que puede hacer. Sabe que la alternativa es sufrir consecuencias.
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