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Selle su DWI de Texas
Un antecedente penal nunca es algo bueno cuando se buscan oportunidades de empleo y al pasar por una verificación de antecedentes. Incluso cuando un presunto delito penal en su expediente…
Un antecedente penal nunca es algo bueno cuando se buscan oportunidades de empleo y al pasar por una verificación de antecedentes. Incluso cuando un presunto delito penal en su expediente no es violento e involuntario, como una DWI en Texas, puede afectar negativamente sus futuras oportunidades de empleo.
La legislatura de Texas reconoció este problema del que nosotros, como abogados de defensa penal, hemos estado hablando durante años y finalmente está ofreciendo cierto alivio limitado. En esta pasada sesión legislativa (2017), legisladores de Texas (republicanos y demócratas) propusieron una legislación para ayudar a ampliar la oportunidad de sellar condenas penales con una orden de no divulgación.
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¿Qué es una Orden de No Divulgación?
Tener su expediente “sellado” es una expresión común usada por personas no especializadas. Según la ley de Texas, esto se denomina no divulgación. Las órdenes de no divulgación “sellan” un antecedente penal de la vista del público en general y permiten que una persona niegue dicho antecedente en la mayoría de las situaciones. Sin embargo, el delito seguirá estando disponible para las fuerzas del orden, muchas autoridades estatales y federales, y las agencias estatales de licencias.
No Divulgaciones Antes de la nueva ley (HB 3016)
Antes de que la legislatura actuara en 2017, el Código de Gobierno de Texas requería que una corte emitiera una orden de no divulgación de los antecedentes penales para una persona que recibía una descarga satisfactoria y desestimación de ciertos delitos menores no violentos por los cuales la persona fue puesta en adjudicación diferida supervisión comunitaria (libertad condicional). El Código de Gobierno de Texas también permitía algunas consideraciones de “segunda oportunidad” bajo circunstancias limitadas. Sin embargo, la ley no permitía anteriormente sellar ningún caso de DWI por el cual hubiera una condena o una supervisión comunitaria (libertad condicional) ordenada por la corte.
HB 3016
Texas El gobernador Greg Abbott firmó HB 3016 el 15th de junio de 2017. HB 3016 entrará en vigor, con efecto retroactivo, a partir del 1 de septiembre de 2017. Esta ley enmienda y amplía el Código de Gobierno de Texas para permitir que una persona condenada por delitos menores no violentos, incluidos los DWI, solicite al tribunal órdenes de no divulgación bajo ciertas circunstancias y altera algunos periodos de espera.
HB 3016 también permite que una persona solicite una orden de no divulgación del historial penal si esa persona no era elegible para recibir una orden automática basándose únicamente en una determinación afirmativa de un juez de que emitir dicha orden no era “en el mejor interés de la justicia.” Si el delito fue un delito menor castigable solo con multa, una persona puede solicitar una orden de no divulgación inmediatamente en la fecha en que complete su sentencia. Sin embargo, si el delito menor no era castigable solo con multa, debe esperar hasta el segundo aniversario de la fecha de cumplimiento de la sentencia para solicitarla.
El texto completo de HB 3016 – versión aprobada.
Órdenes de no divulgación para delitos de DWI
HB 3016 ahora permite que una persona condenada por un delito de conducir en estado de intoxicación (DWI) por primera vez con una concentración de alcohol en la sangre (BAC) menor que 0.15 solicite una orden de no divulgación (sellado) del historial penal relacionado con ese delito. Sin embargo, hay ciertos criterios estatutarios que deben cumplirse para ser elegible para solicitar la no divulgación de un DWI de Texas.
Una persona puede solicitar que se selle un DWI solo si el acusado:
NUNCA ha sido condenado ni colocado en supervisión comunitaria con adjudicación diferida (supervisión comunitaria (libertad condicional) en la primera mención) por ningún delito anterior;
Ha completado con éxito cualquier supervisión comunitaria impuesta y cualquier término de confinamiento;
Ha pagado todas las multas, costas y la restitución impuesta; y
Ha transcurrido el periodo de espera: 2 años si la persona completó con éxito un periodo de al menos seis meses de conducción restringida a un vehículo de motor equipado con un dispositivo de bloqueo de encendido como parte de la sentencia; o
5 años si no hubo requisito de bloqueo de encendido como parte de la sentencia.
Además, el tribunal no emitirá una orden de no divulgación si un abogado que representa al estado presenta ante el tribunal pruebas suficientes que demuestren que el delito subyacente, para el cual se solicitó la orden, resultó en un accidente de vehículo de motor que involucró a otra persona (esto incluye a un pasajero del acusado).
¿Cuándo puede solicitar al tribunal una orden de no divulgación para un DWI?
La ley requiere que las personas esperen hasta el segundo aniversario de la fecha en que completaron su sentencia, si la persona:
Cumplió con todas las condiciones de la sentencia por un periodo no menor de seis meses; y
Estuvo restringida a operar un vehículo de motor equipado con un dispositivo de bloqueo durante al menos 6 meses.
Si el tribunal no impuso las condiciones anteriores, se requiere que esperen hasta el quinto aniversario de la fecha en que completaron su sentencia.
NOTA: Tener un DWI por primera vez sellado por una Orden de No Divulgación NO impedirá que otro DWI sea acusado como un delito de DWI con una condena previa (delito agravado).
¿Cuáles son los factores de descalificación para sellar un DWI?
Una persona NO puede tener su expediente de DWI sellado si:
El DWI fue un delito de 2nd o 3rd;
El DWI involucró una determinación de que el contenido de alcohol en la sangre era mayor que 0.15;
El DWI involucró un accidente que involucró a otra persona;
El DWI ocurrió dentro de los últimos 2 años (5 años si no hubo requisito de bloqueo de encendido)*
Si el periodo de espera no ha expirado, pero se cumplen todas las demás condiciones, el solicitante simplemente debe esperar hasta que se complete el periodo de espera.
¿Qué delitos están específicamente excluidos de la consideración para una orden de no divulgación?
Ciertos delitos menores no son elegibles para consideración para una orden de no divulgación, principalmente delitos relacionados con intoxicación, que incluyen cualquier delito menor bajo el:
Posesión y/o consumo de alcohol o venta de alcohol a menores (Texas Código de Bebidas Alcohólicas §106.041);
Conducir en estado de intoxicación con un BAC de .15 o superior (Texas Penal Code § 49.04(d));
Volar en estado de intoxicación (Texas Penal Code § 49.05);
Navegar en estado de intoxicación (Texas Penal Code § 49.06); o,
Operar una atracción de parque de diversiones mientras se está intoxicado (Texas Penal Code § 49.065).
Además, cualquier condena bajo el Capítulo 71 del código penal (participar en actividad criminal organizada) puede no ser no divulgada.
Además, no se le otorgará a una persona una orden de no divulgación y no es elegible para solicitar al tribunal si la persona anteriormente ha sido condenada o colocada en libertad condicional con adjudicación diferida para:
Un delito que requiere registro como delincuente sexual;
Asesinato;
Asesinato capital;
Secuestro agravado;
Trata/trata continua de personas;
Abandonar o poner en peligro a un niño;
Violación/violación repetida de ciertas órdenes judiciales o condiciones de fianza en un caso de violencia familiar, agresión sexual o abuso, acoso o trata;
Acoso; o
Cualquier otro delito que involucre violencia familiar.
Resultados de HB 3016 y la nueva ley de no divulgación
HB 3016 facilita que las personas con ciertos delitos no violentos de bajo nivel, particularmente DWI, obtengan empleo y se conviertan en miembros productivos de la sociedad. Sin embargo, los infractores posteriores seguirán siendo responsables porque las autoridades pueden seguir usando la condena “sellada” contra infracciones posteriores y ciertas entidades aún podrán ver y tener acceso al delito.
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Posesión y/o consumo de alcohol o venta de alcohol a menores (Texas Código de Bebidas Alcohólicas §106.041 ; Conducir en estado de intoxicación con un BAC de .15 o superior (Texas Penal Code § 49.04(d)); Volar en estado de intoxicación (Texas Penal Code § 49.05); Navegar en estado de intoxicación (Texas Penal Code § 49.06); o, Operar una atracción de parque de diversiones mientras se está intoxicado (Texas Penal Code § 49.065).
Un delito que requiere registro como delincuente sexual; Asesinato; Asesinato capital; Secuestro agravado; Trata/trata continua de personas; Abandonar o poner en peligro a un niño; Violación/violación repetida de ciertas órdenes judiciales o condiciones de fianza en un caso de violencia familiar, agresión sexual o abuso, acoso o trata; Acoso; o cualquier otro delito que involucre violencia familiar.
Sin embargo, los infractores posteriores seguirán siendo responsables porque las autoridades aún pueden usar la condena “sellada” contra infracciones posteriores y ciertas entidades aún podrán ver y tener acceso al delito.
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