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No me leyeron mis derechos

Pregunta: “Me arrestaron y la policía no me leyó mis derechos. ¿Eso significa que el juez desestimará el caso?” Respuesta: Probablemente no.

Pregunta: “Me arrestaron y la policía no me leyó mis derechos. ¿Eso significa que el juez desestimará el caso?”

Respuesta: Probablemente no.

Como abogado de defensa penal en Texas, esta es una de las preguntas más comunes que escucho de posibles clientes, y proviene de lo que, en mi opinión, es probablemente la idea equivocada más común en todo el derecho penal. Aquí es donde la televisión le hace un gran flaco favor al acusado penal. Esta es la ley.

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Arrestos: Hollywood versus la vida real

Aquí hay una escena común en la televisión y en las películas: A un tipo lo arrestan. El oficial de policía en realidad dice “Usted está bajo arresto”. Y luego, mientras le colocan las esposas, el policía recita un breve discurso que suena más o menos así:

“Tiene derecho a guardar silencio. Todo lo que diga puede y será usado en su contra en un tribunal. Tiene derecho a un abogado. Si no puede pagar un abogado, se le asignará uno.”

La mayoría de la gente ha visto cientos de arrestos en la televisión y en las películas desarrollarse así mucho antes de tener alguna experiencia con el sistema de justicia penal en la vida real. Entonces la gente piensa que, cuando la arrestan, el policía tiene que leerle alguna variación de este discurso, y si el policía no lo hace, entonces el caso se “desestima”.

Pero como abogado de defensa penal que tiene que explicar esto semanalmente, déjeme decirle esto: Hollywood le ha mentido. Es “noticia falsa”. En la vida real, un oficial de policía no le “lee sus derechos” de manera rutinaria cuando lo arresta, porque no es necesario en la mayoría de los casos. Como la policía no tiene que leerle sus derechos, nunca lo hacen porque quieren que hable y potencialmente dé más pruebas en su contra.

Así que, si no le leyeron sus derechos, hay aproximadamente un 99% de probabilidad de que eso no tenga ningún efecto en su caso. Esa es la explicación breve. ¿Por qué? Para explicarlo, en realidad tenemos que dividirlo en tres componentes.

Lo que realmente significa “leerle a alguien sus derechos”.

Cuando un oficial de policía tiene que “leerle sus derechos”, y

El efecto en la vida real cuando el oficial que realiza el arresto no le “lee sus derechos”.

Esto puede parecer inútil, ya que le estoy diciendo que no leerle sus derechos no afectará su caso 99% de las veces, pero quién sabe; tal vez usted esté en el grupo del 1% en el que sí hará una diferencia.

¿Qué derechos?

Cuando alguien que fue arrestado dice “el oficial que me arrestó no me leyó mis derechos”, ¿de qué derechos está hablando? Después de todo, tanto los ciudadanos como los no ciudadanos tienen muchos derechos bajo la Constitución de los Estados Unidos.

En este caso, si se pregunta sobre que le lean sus derechos, estoy 100% seguro de que se refiere a sus “ Derechos Miranda ”. El breve discurso que escribí arriba es una variación de la Advertencia Miranda, que se refiere a dos derechos constitucionales específicos.

La Advertencia Miranda toma su nombre de Miranda v. Arizona, un caso de la Corte Suprema de EE. UU. de 1966. En este caso, la Corte Suprema resolvió que cuando la policía arresta a una persona y quiere interrogarla, tiene que recordarle que tiene estos dos derechos:

El derecho a guardar silencio (el derecho contra la autoincriminación) garantizado por la 5 enmienda de la Constitución de EE. UU., y

El derecho a ser representado por un abogado (garantizado por la 6 enmienda de la Constitución de EE. UU.).

El derecho a guardar silencio significa que la policía no puede obligarlo a admitir que cometió un delito ni a hacer otras declaraciones incriminatorias. El derecho a un abogado significa que, si dice que quiere un abogado durante un interrogatorio policial, se le asigna uno. La mayoría de las personas sabe cuáles son estos derechos, aunque rutinariamente no los invoca cuando debería durante una investigación penal. Ahora que hemos establecido que “leerle a una persona sus derechos” significa decirle a alguien que tiene derecho a guardar silencio y derecho a un abogado, explicaré cuándo la policía tiene que dar estas advertencias (y cuándo no).

¿Cuándo están obligados los policías a dar la advertencia Miranda?

La Advertencia Miranda debe darse después del arresto, pero solo cuando la policía intenta hacer que usted confiese (mientras está bajo custodia). Para usar el término técnico, se requiere una Advertencia Miranda antes de cualquier “interrogatorio bajo custodia”.

“Bajo custodia” significa que usted está en “custodia policial”, porque ha sido arrestado formalmente por la policía o porque, dadas las circunstancias, una persona razonable no sentiría que se le permitía irse del lugar. Así que, si está esposado allá en la Estación de Policía de Denton en 601 East hickory Street en una de sus salas de interrogatorio color beige, obviamente está bajo custodia policial. Si un oficial de policía se le acerca en la calle y le pregunta su nombre, usted no está bajo custodia policial.

“Interrogatorio” significa que el oficial le está haciendo preguntas que tienen la intención de obtener una respuesta incriminatoria. Así que preguntarle dónde escondió el arma homicida es una pregunta diseñada para obtener una respuesta incriminatoria, pero pedirle su licencia y registro durante una parada rutinaria de tráfico no lo es.

Arriba di algunos ejemplos bastante claros en blanco y negro, pero la cuestión de si una persona está bajo “interrogatorio bajo custodia” a veces no es tan clara, y muchos casos que dependen de esa sola cuestión han llegado hasta la Corte Suprema. Pero vamos a dejar todo eso de lado:

99% de las veces el oficial que hace el arresto no tiene que darle una advertencia Miranda porque, para cuando el agente lo está arrestando, ya tiene suficiente “causa probable” para hacer un arresto y realmente no le importa lo que usted tenga que decir.

Permítame reformular este punto de otra manera:

Una advertencia Miranda no es una parte necesaria ni rutinaria de un arresto ni una condición previa para un arresto válido. Solo entra en juego cuando la policía lo arresta y quiere obligarlo a confesar. La falta de una advertencia Miranda no significa nada en el 99% de los casos porque el caso no depende de una confesión que usted dio después de haber sido arrestado.

Bien, entonces, ¿qué pasa con el 1% de los casos en que se requiere una advertencia Miranda? ¿Qué sucede cuando no se da la advertencia Miranda? Lea sobre esto a continuación.

No dar la advertencia Miranda

Si la policía no le da una advertencia Miranda adecuada antes de un interrogatorio bajo custodia, hay consecuencias que favorecen al acusado, pero eso no significa que el caso se desestime automáticamente.

Como se dijo arriba, las advertencias Miranda no son requeridas a menos que la policía le saque una confesión después de arrestarlo. Pero cuando la policía no da la advertencia Miranda, o cuando la explica de manera incorrecta y usted no la entiende, usted no “renunció a su derecho” a guardar silencio y al derecho a un abogado, y la confesión puede ser “suprimida”.

Si se le acusa de un delito y parte de la prueba que el Fiscal de Distrito quiere usar para condenarlo es su supuesta “confesión” (que la policía, irónicamente, llamará una “declaración voluntaria”), entonces es posible que su abogado de defensa presente una “moción para excluir” esas declaraciones incriminatorias.

El argumento que hace el abogado de defensa básicamente se reduce a esto: bajo todas las circunstancias del interrogatorio bajo custodia, el acusado no renunció a sus derechos de manera consciente, inteligente y voluntaria. Si el juez está de acuerdo y concede la moción, la confesión no puede usarse en el juicio del acusado. En un caso en el que la supuesta confesión del acusado constituye la mayor parte de la prueba, esto muy bien puede significar el final del caso.

En caso de que alguien que esté leyendo esto piense que significa que el acusado podría “salirse con la suya por un tecnicismo”, les dejo esto: las confesiones falsas son mucho más comunes de lo que cree.

En resumen…

Si la policía no le leyó sus derechos cuando lo arrestaron, eso no significa que su caso vaya a ser desestimado. Pero si los detectives lo interrogaron después de su arresto y usted terminó incriminándose, puede ser posible, bajo ciertas circunstancias, suprimir esas declaraciones incriminatorias. Si la mayor parte de la evidencia en su contra son sus propias declaraciones hechas antes de que se le leyeran correctamente los Derechos Miranda, entonces la supresión de sus declaraciones incriminatorias muy bien podría llevar a la desestimación del caso.

Nota: Esta pieza fue publicada originalmente por Tim Powers en 2005 y algunas de las referencias históricas ciertamente están desactualizadas; sin embargo, la jurisprudencia sigue siendo la misma y el artículo presenta un análisis preciso de la ley actual.

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¿Eso significa que el juez desestimará el caso?” Respuesta:

Hollywood versus la vida real Aquí hay una escena común en la televisión y en las películas:

El oficial de policía en realidad dice “Usted está bajo arresto”. Y luego, mientras le colocan las esposas, el policía recita un breve discurso que suena algo así: “Usted tiene derecho a guardar silencio.

Si no puede pagar un abogado, se le asignará uno.” La mayoría de las personas ha visto cientos de arrestos en la televisión y en las películas desarrollarse así mucho antes de tener alguna experiencia con el sistema de justicia penal en la vida real.

Es “noticias falsas”. En la vida real, un oficial de policía no le “lee sus derechos” de manera rutinaria cuando lo arresta, porque no es necesario en la mayoría de los casos.

Como la policía no tiene que leerle sus derechos, nunca lo hacen porque quieren que hable y potencialmente dé más pruebas en su contra.

Así que, si no le leyeron sus derechos, hay alrededor de un 99% de probabilidad de que eso no tenga ningún efecto en su caso.

Lo que realmente significa “leerle a alguien sus derechos”. Cuando un oficial de policía tiene que “leerle sus derechos”, y El efecto en la vida real cuando el oficial que realiza el arresto no le “lee sus derechos”. Esto puede parecer inútil, ya que le estoy diciendo que el hecho de no leerle sus derechos no afectará su caso el 99% de las veces, pero quién sabe—tal vez usted esté en el 1% de personas en las que realmente marcará una diferencia.

Cuando alguien que es arrestado dice “el oficial que hizo el arresto no me leyó mis derechos”, ¿de qué derechos está hablando?

En este caso, si se pregunta sobre que le lean sus derechos, estoy 100% seguro de que se refiere a sus “ Derechos Miranda ”. El breve discurso que escribí arriba es una variación de la Advertencia Miranda, que se refiere a dos derechos constitucionales específicos.

El derecho a guardar silencio significa que la policía no puede obligarlo a admitir que cometió un delito ni a hacer otras declaraciones incriminatorias.

Ahora que hemos establecido que “leerle sus derechos” a una persona significa decirle que tiene derecho a guardar silencio y derecho a un abogado, explicaré cuándo la policía tiene que dar estas advertencias (y cuándo no).

Para usar el término técnico, se requiere una Advertencia Miranda antes de cualquier “interrogatorio bajo custodia”. “Bajo custodia” significa que usted está en “custodia policial”, porque ha sido arrestado formalmente por la policía o porque, dadas las circunstancias, una persona razonable no sentiría que se le permitía irse del lugar.

Así que, si está esposado allá en la Estación de Policía de Denton en 601 East hickory Street en una de sus salas de interrogatorio color beige, obviamente está bajo custodia policial.

Si un oficial de policía se le acerca en la calle y le pregunta su nombre, usted no está bajo custodia policial. “Interrogatorio” significa que el oficial le está haciendo preguntas que tienen la intención de provocar una respuesta incriminatoria.

Arriba di algunos ejemplos bastante claros, pero la cuestión de si una persona está bajo “interrogatorio bajo custodia” a veces no es tan clara, y muchos casos que dependen de esa sola cuestión han llegado hasta la Corte Suprema.

Pero vayamos al grano:

99% de las veces el oficial que hace el arresto no tiene que leerle una Advertencia Miranda porque, para cuando el policía lo está arrestando, ya tiene suficiente “causa probable” para hacer un arresto y realmente no le importa lo que usted tenga que decir.

No dar la Advertencia Miranda Si la policía no le da una Advertencia Miranda adecuada antes de un interrogatorio bajo custodia, hay consecuencias que favorecen al acusado—pero eso no significa que el caso sea automáticamente “desestimado”. Como se indicó arriba, las Advertencias Miranda no se requieren a menos que la policía le saque una confesión después de arrestarlo.

Pero cuando la policía no da la Advertencia Miranda, o cuando la explica incorrectamente y usted no la entiende, usted no “renunció” a su derecho a guardar silencio y a su derecho a contar con abogado, y la confesión puede ser “suprimida”. Si se le acusa de un delito y parte de la evidencia que el Fiscal de Distrito quiere usar para condenarlo es su propia supuesta “confesión” (que irónicamente la policía llamará una “declaración voluntaria”), entonces es posible que su abogado de defensa penal presente una “moción para suprimir” esas declaraciones incriminatorias.

Si el juez está de acuerdo y concede la moción, la confesión no puede usarse en el juicio del acusado.

En un caso en el que la supuesta confesión del acusado constituye la mayor parte de la evidencia, esto muy bien puede significar el fin del caso.

Por si alguien que lee esto piensa que eso significa que el acusado podría “salirse con la suya por un tecnicismo”, les dejo esto: las confesiones falsas son mucho más comunes de lo que usted cree.

En resumen… Si la policía no le leyó sus derechos cuando fue arrestado, eso no significa que su caso vaya a ser desechado.

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